top of page

Concejal del Bloque “Ahora Merlo”, Sr. Carlos Alberto Almena, eleva Proyecto de Resolución.

  • Foto del escritor: Carlos A. Almena - Concejal de la Villa de Merlo
    Carlos A. Almena - Concejal de la Villa de Merlo
  • 3 jul 2020
  • 4 Min. de lectura

ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL SUICIDIO.


Otra estocada al corazón de los más vulnerables. El flagelo del suicidio es cada más una cuestión de Políticas Pública de la Salud Mental. Esta vez, tibiamente vuelven a pasarlo a Comisión (en el HCD no tenemos comisión de SALUD !!!) para que el Ejecutivo Local informe que están haciendo. No era preferible y conveniente adherir a la Ley Nacional de Prevención Nº 27130 y luego proceder al correspondiente pedido de informe al área correspondiente?. Cada 40 segundo se suicida una persona en el mundo, mientras que en ese mismo lapso 20 lo intentan sin lograrlo. Familias devastadas. Tenemos tiempo para esperar caprichos o deseos irrefrenables de protagonismo sobre estos temas?; qué sensibilidad te moviliza para justificar una postergación de estos temas URGENTES?. Vaya a saber...


Te comparto el texto completo del proyecto presentado el pasado 29 de junio 2020.

Merlo - San Luis – 29 de junio de 2020

A LA PRESIDENTA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO

PROF.: ANA MARÍA NICOLETTI



PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL SUICIDIO

De mi consideración:

Visto que es necesario someter a consideración de esta Honorable Concejo Deliberante de la Villa de Merlo el proyecto de ley a través del cual se promueve la adhesión a la Ley Nacional de Prevención Nº 27130, para su sanción y presentado mediante L040-2020P a la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis por la Diputada Mónica Domínguez del Bloque Ahora San Luis.

Que en el marco de la mencionada Ley se declaró de interés nacional en todo el territorio de la República Argentina, la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.

En ese marco, la Ley Nacional entiende como intento de suicidio “a toda acción autoinflingida con el objeto de generarse un daño potencialmente letal” y como posvención “a las acciones e intervenciones posteriores a un evento autodestructivo destinadas a trabajar con las personas, familia o instituciones vinculadas a la persona que se quitó la vida”.

Entre los objetivos de la Ley Nacional también se destacan “el abordaje coordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio; el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población; el desarrollo de los servicios asistenciales, la capacitación de los recursos humanos y la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación”.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) más de 800 mil personas se suicidan cada año. Es decir, que cada 40 segundos una persona muere por esa causa. Las tasas de suicidio aumentaron en un 60% a nivel mundial en los últimos 45 años. La OMS ha destacado, además, que por cada adulto que se quita la vida, otros 20 lo intentan y no lo logran. La Argentina según el informe de la OMS se ubica en el número 66 en el ranking de 172 países con mayor tasa de suicidio. En concreto, en el país se producen más de 3 mil suicidios por año de acuerdo con las Estadísticas Vitales del Ministerio de Salud de la Nación.

“Los suicidios –sin embargo- son prevenibles”, sostiene el informe de la OMS, aunque pocos países cuentan con estrategias de prevención. De allí la importancia de la Ley Nacional sancionada en el año 2015 cuyo objeto es el de lograr la disminución de la incidencia y la prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y posvención del mismo.

Es necesario, entonces, que nuestra provincia adhiera a Ley Nacional conforme la invitación formulada por el legislador nacional, con la finalidad de garantizar el desarrollo de acciones de forma conjunta tendientes a implementar los principios expuestos en la mencionada ley y coordinar la cooperación técnica, económica y financiera de la Nación para lograr la efectiva implementación de la ley de prevención del suicidio.

Es de destacar, la oportunidad de sancionar el proyecto que se adjunta en el actual contexto de emergencia sanitaria en el que vivimos por la pandemia de COVID 19, pues existe evidencia científica acerca de que los efectos económicos causados por la pandemia y el confinamiento prolongado comprometen el equilibrio de la salud mental y dan lugar a determinados trastornos de ansiedad o del estado de ánimo así como el aumento de la ideación suicida y de los intentos de suicidio.

El encierro, unido a la paralización de la actividad económica, que se traduce en desempleo, compromete en definitiva la estabilidad psicológica. “Cuánto más se ahogue la economía del país, peores serán sus consecuencias también para la salud mental y el riesgo suicida”, ha concluido recientemente la Fundación Española para la Prevención del Suicidio.

Es por ello, qué a mérito de las consideraciones vertidas, se solicita a este Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto.

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º. Dispóngase la ADHESIÓN de este Honorable Cuerpo a la Ley Nacional de Prevención del Suicidio Nº 27.130.

ARTICULO 2º. De forma.

Carlos Alberto Almena

Concejal Bloque Ahora Merlo

Honorable Concejo Deliberante

Merlo – San Luis – ARG

 
 
 

Comentarios


Actualidad

ABOUT US

Opinión independiente siempre 

bottom of page